08-10-2021

Abierto al Plan Renove de Máquinas Herramientas hasta el 2 de noviembre

FREMM informa sobre la apertura del plazo para beneficiarse de las ayudas del Plan Renove de Máquinas-Herramientas, al que se pueden acoger las pymes industriales hasta el 2 de noviembre.

Solo podrán acceder a este tipo de ayudas las pymes con actividad industrial desde hace más de 3 años. En el anexo I se describen los CNAEs y actividades que están incluidos.

Las inversiones elegibles son las que aparecen  en el siguiente listado:

  • Tornos.
  • Fresadoras.
  • Mandrinadoras.
  • Taladros.
  • Roscadoras.
  • Rectificadoras.
  • Afiladoras, pulidoras y amoladoras.
  • Centros de mecanizado.
  • Máquinas especiales y máquinas transfer compuestas de unidades de mecanizado.
  • Brochadoras.
  • Máquinas de electro-erosión.
  • Máquinas de centrar y refrentar.
  • Prensas mecánicas.
  • Prensas hidráulicas/neumáticas.
  • Servoprensas.
  • Punzonadoras.
  • Sistemas de automatización industrial asociados a máquina-herramienta.
  • Equipos independientes de inspección y medición de piezas mecanizadas.
  • Talladoras/Máquinas de roscado.
  • Equilibradoras.
  • Máquinas para el conformado por encintado de piezas de composites.
  • Paneladoras para el trabajo de la chapa.
  • Sierras.
  • Biseladoras.
  • Mortajadoras.
  • Líneas de corte con prensa, láser, chorro de agua, gas o ultrasonidos.
  • Máquinas para el trabajo de barras, perfiles y tubos.
  • Máquinas para fabricación y control de tornillos y pernos.
  • Máquinas para grabar, marcar y/o puntear.
  • Remachadoras.
  • Granalladoras.
  • Equipos y sistemas industriales para la fabricación aditiva.

El importe mínimo de cada máquina herramienta, incluyendo los los gastos de instalación y puesta en marcha (hasta un máximo del 15% del importe de la máquina adquirida) deberá ser mayor o igual a 70.000 euros y deberá ser incorporada al proceso productivo de la empresa y cumplir alguna de estas condiciones:

  • Ampliación de la capacidad productiva de un establecimiento existente; o
  • Diversificación de la producción de un establecimiento existente en nuevos productos adicionales; o
  • Cambio esencial en el proceso general de producción de un establecimiento existente.

La subvención máxima por máquina es de 175.000€ y 300.000€ por empresa, y un máximo de 3 máquinas en una solicitud y se subvenciona con un:

  • 20% del total de la inversión para pequeñas empresas (ocupan a menos de 50 empleados, y no exceden los 10 millones de € de facturación ni de balance general anual)
  • 10% para medianas empresas (ocupan a menos de 250 empleados, y no exceden los 50 millones de € de facturación ni los 43 millones de € de balance general anual)

En el Anexo II figura el modelo de memoria justificativa de las inversiones que será evaluada y puntuada.

La convocatoria también fija los siguientes requisitos:

  • Cada empresa beneficiaria deberá presentar una única solicitud con un máximo de 3 máquinas adquiridas por solicitud.
  • Cada unidad de inversión (máquina) deberá contar con 3 ofertas, no vinculadas con la entidad solicitante de la ayuda.
  • Las facturas y pagos deberán ser posteriores a la fecha de la solicitud de ayuda.
  • Previamente a la liquidación de la ayuda aprobada, se deberá constituir en el momento de la aprobación y hasta la justificación final del proyecto, una garantía (aval) del 100% del importe de la ayuda recibida.
  • Plazo de ejecución: desde día siguiente a presentación de solicitud hasta 15 meses contados desde la fecha de resolución de la concesión.
  • El programa es incompatible con otras ayudas.

El plazo de solicitud se abre el 9 de octubre y se cierra el próximo 2 de noviembre y las solicitudes se harán a través del  portal de ayuda del Ministerio.

Para cualquier aclaración sobre la documentación a adjuntar o la memoria, tiene a su disposición a los técnicos de FREMM, Mª José Aragón y Manuel Lorenzo a través del teléfono 968931502 o del os email mjaragon@fremm.es y mlorenzo@fremm.es.

 

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